¿QUIÉNES NO PUEDEN POSTULAR A LAS ESCUELAS POLICIALES? – I

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Toda organización está fundada sobre lineamientos y normas a seguir para su funcionamiento ordenado y correctamente estructurado. La Policía Nacional del Perú, en su condición de fuerza del orden, también está comprometida con el buen funcionamiento ejecutado a partir del cumplimiento de lo estipulado.

Para tal efecto, la institución policial ha establecido parámetros que deberán ser respetados en la selección de los postulantes ineludiblemente. Te comentamos los motivos del establecimiento de cada uno de ellos:

  1. No podrán postular a las escuelas policiales aquellos jóvenes que estén casados y/o tengan hijos. Este parámetro está establecido por las características de la etapa de formación en las escuelas policiales, la cual, como sabemos, es llevada a cabo con el régimen de internado.

El estar internado en un centro de formación durante tres o cinco años puede ocasionar consecuencias irreversibles en la estructura familiar, así que, teniendo en cuenta que la familia no puede verse perjudicada por estas circunstancias, es importante que los jóvenes que accedan no tengan estas responsabilidades.

Asimismo, el buen estado mental es determinante en la formación del miembro de la PNP, por lo cual no es conveniente que la preocupación por el cónyuge y/o los hijos interfiera, pues si bien es cierto que la carga familiar no es una preocupación banal, representa una desventaja en la formación del miembro de la PNP.

  1. No podrán postular a las escuelas policiales aquellos jóvenes que no hayan nacido en territorio peruano. La inclusión de esta restricción va de la mano con la identidad que tenga el futuro policía con su suelo, teniendo en cuenta que en las labores policiales existe la posibilidad latente de dar la vida en cumplimiento del deber.

Una persona nacida fuera del territorio nacional, como es natural, desarrollará mayor identidad por su propio suelo. Esta situación se convierte en un limitante en el momento decisivo de entregar la vida por el Perú.

  1. No podrán postular a las escuelas policiales aquellos jóvenes que registren antecedentes policiales, judiciales y/o penales. El establecimiento de esta restricción se origina considerando que, siendo la PNP la institución encargada de resguardar el cumplimiento de la ley, quienes la hayan transgredido no se encuentran en condiciones de poder cumplir con esta labor.

La selección tiene por finalidad incluir en las filas de la PNP a personal probo, fiel a las normas y con buena conducta, características que va a dejar de manifiesto durante toda su vida.

  1. No podrán postular a las escuelas policiales quienes no cuenten con la constancia de aptitud de evaluación médica expedida por la Dirección de Sanidad de la PNP. Este documento certifica que quien pretenda postular a las escuelas policiales cumpla con los criterios básicos de salud; es imperante contar con él.

Este es solo el primer bloque de explicaciones de aquellos parámetros establecidos por la Policía Nacional del Perú; no dejes de ver la segunda parte de información acerca de este tema.  Para más datos interesantes, no te pierdas los artículos que iremos publicando en el blog de la Academia Pre Policial GUIDE.

ASEGÚRATE DE NO TENER NINGUNA DE ESTAS LIMITACIONES EN EL MOMENTO QUE DECIDAS INSCRIBIRTE. UNA INSTITUCIÓN ORDENADA ES AQUELLA QUE CUMPLE LAS NORMAS; TÚ PUEDES CONTRIBUIR CON ESO.

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